Deuda de tarjeta de crédito

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Abogado De Deuda de tarjeta de crédito En Miami, Florida

¿Está Usted Ahogándose En Deudas De Tarjetas De Crédito?

Si tiene dificultades para llegar a fin de mes y se está atrasando con los pagos de su tarjeta de crédito, actuar con prontitud puede marcar una gran diferencia. Esperar a que una compañía de tarjetas de crédito presente una demanda puede limitar sus opciones y aumentar la presión financiera que ya enfrenta. Michael J. Brooks trabaja con personas en Miami, Florida, para revisar su situación de deuda, explicarles sus derechos y delinear medidas prácticas para abordar los saldos de sus tarjetas de crédito antes de que la situación empeore.


Si ya se ha presentado una demanda y no se recibe respuesta, el tribunal podría dictar sentencia en su contra, lo que podría resultar en un embargo de salario o de cuentas bancarias. Si busca asesoramiento con prontitud, podría explorar soluciones como acuerdos negociados, planes de pago estructurados o una bancarrota, según sus circunstancias.


No tiene que enfrentarse solo a esfuerzos de cobro agresivos. Contacte a Michael J. Brooks, P.A.  hoy para discutir sus opciones y dar el primer paso hacia recuperar el control de sus finanzas.

Llame a Michael J. Brooks, P.A. al 305-400-4595 para programar una consulta con un abogado hoy.

¿Qué pasa si Sus acreedores ya han iniciado procedimientos legales?

Primero, no se asuste, pero actúe con rapidez, especialmente si un acreedor ya ha presentado una demanda. Ignorar los documentos judiciales puede resultar en una sentencia en rebeldía, lo que puede derivar en embargo de salario, congelamiento de cuentas bancarias u otras acciones de cobro.


Michael J. Brooks trabaja directamente con clientes en Miami, Florida, para responder a procedimientos legales y evaluar la mejor manera de proceder. Dependiendo de su situación, podría ser posible buscar un acuerdo extrajudicial o un acuerdo de pago estructurado. En muchos casos, los acreedores están dispuestos a negociar, ya que recibir una parte del saldo adeudado puede ser preferible a un litigio prolongado o a declararse en bancarrota. La clave es actuar antes de que sus opciones se reduzcan. Contacto Michael J. Brooks, P.A.  hoy para discutir su situación y comenzar a trabajar hacia una solución práctica.

¿Qué opciones tiene?

Primero, Michael J. Brooks revisará cuidadosamente sus deudas de tarjetas de crédito para confirmar que los saldos sean correctos, que el plazo de prescripción no haya vencido y que la deuda se le atribuya correctamente. Esta revisión inicial es un paso importante para determinar cómo proceder.


Desde allí, podrá comunicarse directamente con sus acreedores para solicitar una reducción en los pagos mensuales, negociar un monto total de liquidación menor o buscar un acuerdo que se ajuste a sus circunstancias financieras. Si es necesario recurrir a un tribunal, Michael J. Brooks lo representará y abogará por una resolución justa.


Aunque muchas personas consideran la bancarrota como último recurso, puede ser apropiada en ciertas situaciones. De ser necesario, también puede explicarle cómo la bancarrota del Capítulo 7 o del Capítulo 13 podría abordar una deuda abrumadora de tarjetas de crédito. El objetivo es ayudarle a superar este período difícil y avanzar hacia una mayor estabilidad financiera. Programe una consulta con Michael J. Brooks, P.A.  en Miami, Florida hoy para discutir sus opciones.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es un embargo?

    Un embargo se produce cuando un acreedor obtiene una orden judicial que establece que, si alguien tiene un activo en su nombre, esa persona o entidad debe conservarlo hasta nueva orden judicial. Cuando se embargan los salarios, su empleador será demandado y tendrá 20 días para responder. Debe informar al acreedor cuánto le pagan y con qué frecuencia. El empleador también debe informarle cuánto retiene por impuestos, seguros y jubilación, si corresponde. El tribunal ordenará que el acreedor retenga el 25 % del saldo adeudado como salario embargado hasta que el tribunal determine si dichos salarios están exentos o si pueden serle devueltos.

  • ¿Cuándo están exentos los salarios?

    Los salarios están exentos si usted es cabeza de familia con dependientes. Un dependiente es cualquier persona que recibe al menos el 50% de sus ingresos por usted. Por lo tanto, si un padre, madre o incluso un desconocido recibe el 50% o más de sus ingresos de usted, se considera dependiente y su salario está exento. Esto se comprueba con su declaración de impuestos. Si incluye a esta persona como dependiente en su declaración, se considera que lo es. Todo esto se define en el artículo 222.11 del Estatuto de Florida.

  • ¿Qué es un impuesto?

    Cuando se dicta una sentencia en su contra, la compañía de tarjetas de crédito o cualquier otro acreedor puede exigir al alguacil que incaute un activo suyo. Esto incluye un automóvil o una cuenta bancaria. Una vez embargado un activo, puede oponerse al embargo acudiendo al tribunal y alegando que el activo está exento. La mayoría de las exenciones se definen en el artículo 222 de los Estatutos de Florida y la Constitución de Florida. Existen otros estatutos de exenciones, pero estos son los principales.

  • ¿Qué sucede si algunos de mis activos han sido embargados o gravados si me declaro en quiebra?

    Una vez presentada la quiebra, los bienes confiscados o retenidos deben ser devueltos de inmediato. Cualquier solicitud de exención puede presentarse ante el tribunal de quiebras.

  • ¿Qué pasa si no puedo pagar mi deuda de tarjeta de crédito en Miami?

    Si no puede pagar su deuda de tarjeta de crédito, su compañía de crédito podría enviar su cuenta a una agencia de cobranza. El impago continuo puede dar lugar a una demanda.

  • ¿Puede una compañía de tarjetas de crédito demandarme en Miami?

    Sí, una compañía de tarjetas de crédito o un cobrador de deudas puede demandarlo si no paga sus tarjetas de crédito. Si ganan la demanda, podrían embargar su salario o gravar su propiedad.

  • ¿Cómo puede la bancarrota ayudar con la deuda de tarjetas de crédito en Miami?

    Declararse en bancarrota puede ayudar a liquidar las deudas de tarjetas de crédito. Con el Capítulo 7, se pueden liquidar la mayoría de las deudas no garantizadas, incluidas las de tarjetas de crédito. Con el Capítulo 13, se paga una parte de las deudas, incluidas las de tarjetas de crédito, mediante un plan de pago.

  • ¿Cuál es el plazo de prescripción de las deudas de tarjetas de crédito en Miami?

    En Florida, el plazo de prescripción para las deudas de tarjetas de crédito suele ser de cinco años. Esto significa que un acreedor tiene cinco años desde la fecha de su último pago para demandarlo por la deuda.

  • ¿Puedo negociar mi deuda de tarjeta de crédito en Miami?

    Sí, usted puede negociar con su compañía de tarjeta de crédito una tasa de interés más baja, un pago reducido o incluso una reducción en el monto total que debe.

  • ¿Qué es la consolidación de deuda de tarjetas de crédito?

    La consolidación de deudas es una estrategia que consiste en combinar todas sus deudas de tarjetas de crédito en un solo préstamo con una tasa de interés más baja. Esto facilita la gestión de sus deudas y reduce el pago total de intereses.

  • ¿Puede la deuda de tarjetas de crédito afectar mi puntaje de crédito en Miami?

    Sí, los saldos altos en las tarjetas de crédito pueden reducir su puntaje crediticio. Los pagos atrasados o no realizados también se reportan a las agencias de crédito y pueden afectar significativamente su puntaje.

  • ¿Qué pasa con la deuda de tarjetas de crédito cuando alguien muere en Miami?

    Cuando alguien fallece, sus herederos son responsables de pagar cualquier deuda de tarjetas de crédito. Si los herederos no tienen suficientes activos para cubrir la deuda, esta suele quedar impaga. La deuda de tarjetas de crédito no se transmite a los familiares a menos que sean cosignatarios de la cuenta.

  • ¿Se puede incluir la deuda de tarjetas de crédito en una bancarrota del Capítulo 7 en Miami?

    Sí, la deuda de tarjetas de crédito generalmente se puede cancelar mediante una bancarrota del Capítulo 7.

  • ¿Se puede incluir la deuda de tarjetas de crédito en una bancarrota del Capítulo 13 en Miami?

    Sí, la deuda de tarjetas de crédito está incluida en el plan de pago de una bancarrota del Capítulo 13. El monto que deberá pagar depende de sus ingresos, gastos y tipo de deuda.

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Descargo de responsabilidad: Somos una agencia de alivio de deudas. Somos abogados que ayudamos a las personas a solicitar la protección por bancarrota conforme al código de bancarrota.

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Si está considerando declararse en quiebra o simplemente quiere comprender sus opciones, Michael J. Brooks, P.A. 
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